Contrato de viajes combinado

CONTRATO DE VIAJES COMBINADO

1.- DATOS IDENTIFICATIVOS.
Agencia de Viajes Organizadora: 
Domicilio: Calle San Crispín, 12, 28011, Madrid
C.I.F/DNI: Y4351018F
Licencia:
Teléfono: 604 13 55 83
Teléfono de emergencia:
E-Mail: ruta@rutatravel.es
Datos de Representantes locales:
Agencia de Viajes Minorista: 
Domicilio:
C.I.F/DNI:
Licencia:
Teléfono:
Teléfono de emergencia:
E-mail:
Datos de Representantes locales:
Contratante Principal:
Domicilio:
D.N.I. o C.I.F.: Teléfono: E-mail:
Interviene: En su propio nombre y en su caso en las siguientes personas que
componen todos ellos un mismo viaje en grupo:

2.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del presente contrato el viaje combinado ofrecido en venta, conforme
a las principales características e información esencial que de forma
precontractual, por lo tanto con anterioridad a este acto, el viajero y sus
acompañantes, han recibido de la agencia con sus propios anexos: A, B y C.
Dicha información precontractual se une al presente contrato como Anexo I
debidamente firmada por las partes, formando parte inseparable del mismo.

3.- INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A LA RECIBIDA CON
CARÁCTER PRECONTRACTUAL.
3.1.- NECESIDADES ESPECIALES DEL VIAJERO ACEPTADAS POR EL
ORGANIZADOR.
3.2.- DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A: BILLETES, BONOS Y
FACTURA.

El viajero es informado por parte de la agencia de: los horarios de transporte, hora límite
para facturar, hora programada de escalas y conexiones, recibiendo de la misma, en
Anexo II al presente contrato, debidamente firmado por las partes y formando parte
inseparable del mismo, toda la documentación correspondiente a: Billetes de transporte,
bonos, factura y demás documentación complementaria necesaria para la realización del
viaje, conociendo y aceptando las condiciones de contratación de todos los servicios de
viaje.

3.3.- CERTIFICADO DE GARANTIA FINANCIERA DE LA AGENCIA EN CASO DE
INSOLVENCIA Y REPATRIACIÓN.

Como Anexo III al presente contrato debidamente firmado por las partes y formando parte
inseparable del mismo el viajero recibe certificado de la entidad garante del seguro de
insolvencia y repatriación de las agencias de viajes organizadora y minorista, cuyos datos
de contacto son los que se le han proporcionado con la información precontractual.
3.4.- POLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA, ENFERMEDAD Y CANCELACIÓN.
Como Anexo IV al presente contrato debidamente firmado por las partes y formando parte
inseparable del mismo el viajero recibe copia de la póliza de seguro contratada
conociendo y aceptando su alcance y coberturas.
4.- ASISTENCIA AL VIAJERO EN LUGARES DE DESTINO Y/O TRÁNSITO
El organizador y el minorista del viaje contratado responden de forma solidaria frente al
viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato.
Podrá usted comunicar en cualquier momento con la agencia de viajes minorista así como
con la agencia de viajes organizadora y en su caso con el representante local de la
organizadora en los teléfonos de emergencia y correo electrónico que se le ha facilitado.
El organizador y el minorista se comprometen a proporcionar asistencia adecuada y sin
demora al viajero en dificultades, en especial en caso de circunstancias inevitables y
extraordinarias proporcionándole la información que precise para valerse de los servicios
sanitarios, autoridades locales, asistencia consular, ayudándole en su caso a encontrar
fórmulas de viaje alternativas.
Se informa al viajero que tanto el organizador como el minorista le podrán facturar un
recargo razonable por dicha asistencia si la dificultad ha sido originada de forma
intencionada o por su negligencia.
5.- VIAJE O ESTANCIA DE MENOR EN EL EXTRANJERO NO ACOMPAÑADO POR
FAMILIAR U OTRO ADULTO AUTORIZADO

Si el viaje o estancia objeto del contrato va destinado a un menor, usted reconoce a la
firma del presente documento haber recibido de parte de la agencia la información que le
permite contactar con él, así como los responsables de su estancia “in situ” durante el
viaje.
6.- INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTO INTERNO DE TRAMITACIÓN DE
RECLAMACIÓN Y RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE LITÍGIOS.

Cualquier sugerencia o queja deberá usted realizarla a las agencias de viajes
organizadora y minorista de forma simultánea y en cualquier momento en las direcciones
de correo electrónico que consta en los datos identificativos.

En relación con los mecanismos de resolución alternativa de litigios, de conformidad con
lo previsto en el artículo 40 la ley 7/2017 del 2 de noviembre le informamos que en la
página web: www.aesan.gob.es
Correspondiente a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición
puede consultar los datos de las juntas Arbitrales así como información complementaria
para presentar una queja o reclamación.
En el siguiente enlace podrá consultar las entidades de resolución alternativa de litigios
acreditadas de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento CE: 524/2013 del Parlamento
Europeo. https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/?event=main.home2.show
HYPERLINK
https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/?event=main.home2.show&lng=ES»&
HYPERLINK
https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/?event=main.home2.show&lng=ES»lng=ES

7.- CONFIRMACIÓN DE LA RESERVA.
A la firma del presente contrato se ha producido la confirmación de la reserva del viaje. No
obstante lo cual el organizador se reserva el derecho a cancelar el viaje si no se cubre el
número de personas inscritas necesario para su realización y así se le notifica a usted en
los plazos indicados en la información precontractual.

8.- CONSECUENCIAS DE LA POSTERIOR MODIFICACIÓN DE CARACTERÍSTICAS
DE VIAJE.

Tal y como se le ha dado a conocer en la información precontractual, si con anterioridad al
inicio del viaje el organizador se ve en la necesidad de modificar sustancialmente, algunas
de las principales características de los servicios de viaje o bien no puede cumplir con las
solicitudes especiales compuestas y aceptadas o le propone aumentar por cualquier
razón el precio del viaje en más de un 8% usted podrá en un plazo no superior a 5 días
naturales aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización.
Si opta por resolver el contrato de viaje podrá aceptar un nuevo viaje combinado
sustitutivo si el organizador se lo puede proponer y es de calidad equivalente o superior, si
fuere de calidad inferior se le informará sobre la consecuente reducción del precio que
tuviere lugar.
Si usted tras recibir la información completa referente a la modificación no notifica en el
plazo indicado su decisión se entenderá que opta por resolver el contrato sin penalización
alguna.
9.- CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE CONFORMIDAD EN LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS UNA VEZ INICIADO EL VIAJE.

El viajero se obliga a informar al organizador o, al minorista sin demora indebida, y por lo
tanto tan pronto como tenga conocimiento, teniendo en cuenta las circunstancias de cada
caso, de cualquier falta de conformidad que aprecie durante la ejecución de un servicio de
viaje incluido en el contrato.
A salvo de que resulte imposible o entrañe un coste desproporcionado el organizador o el
minorista si es el caso, se comprometen a subsanar dicha falta.
Cuando una falta de conformidad afecte sustancialmente a la ejecución del viaje de forma
que, una parte muy significativa de los servicios previstos, se constate que no pueden
prestarse, le ofrecerán fórmulas alternativas adecuadas y de igual calidad o superior para

la continuidad del viaje o bien si solo fuera posible una alternativa de inferior calidad le
aplicarán una reducción adecuada del precio siempre y cuando la falta de conformidad no
se haya producido por su causa.
Si por un motivo justificado, no siendo imputable a usted la causa que dio origen a la falta
de conformidad o a un tercero ajeno a la prestación de servicios contratados o haber
surgido como consecuencia de una causa imprevisible, inevitable o extraordinaria, podría
usted tener derecho a una reducción adecuada del precio del viaje y a una indemnización
de daños y perjuicios que vendrá limitada por las condiciones de pago de
indemnizaciones que a los diferentes prestadores de servicios de viaje incluidos en el
viaje combinado se apliquen en los convenios internacionales que vinculan a la Unión
Europea. En su caso la indemnización será del triple del precio total del viaje.

10.-FINALIZACIÓN DEL CONTRATO PREVIO AL INICIO DEL VIAJE A INSTANCIAS
DEL VIAJERO.

El presente contrato está sujeto a condiciones especiales de cancelación las cuales usted
conoce y acepta de tal forma como se le ha dado a indicado en la información
precontractual usted podrá antes del inicio del viaje poner fin al contrato notificándolo
expresamente al organizador y minorista.
Una vez recibida esta notificación, se le proporcionará en un plazo razonable, justificación
de su liquidación para lo cual usted autoriza desde este momento a la agencia
organizadora y minorista a detraer de las cantidades entregadas y que deben ser objeto
de reembolso el importe correspondiente a las penalizaciones, gastos de anulación y
gestión siguientes: __
11.-PRESCRIPCIÓN DE LAS RECLAMACIONES.
El plazo de prescripción de las acciones derivadas de este contrato para el viajero
conforme así lo dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de
noviembre es de dos años.

12.-LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.
El presente contrato se sujeta a la Ley Española en lo no previsto en el mismo será de
especial aplicación el libro IV del Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el
texto refundido de la ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Las partes correspondientes, renunciando al fuero que les corresponde o pudiera
corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de
la ciudad de INDICAR CIUDAD PREFERENTE SEDE DE LA ORGANIZADORA, O
MINORISTA
para dirimir cualquier discrepancia relativa al presente contrato.
En______________a______de_____________de_______

Fdo.: LA AGENCIA ORGANIZADORA.       Fdo.: LA AGENCIA MINORISTA.

Fdo.: EL CLIENTE.